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Blog de Ciencias Sociales y Sociología | Ssociólogos

Quien espera, desespera

febrero 17, 2019

Pasa el tiempo y poco o nada cambia a mejor en el entorno de nuestra Administración de Justicia.

Recientemente he recordado que en la primavera de 2012, ante la Ciudad de la Justicia de Barcelona, asistí a un acto crítico en relación al funcionamiento de esa Administración, bajo el enunciado “El pueblo juzga a la Justicia”.

Fuente: lacasademitia

En este punto convendrá no olvidar la proclama de nuestra Constitución especificando que todos los Poderes del Estado emanan del pueblo.

Siendo el Poder Judicial (la Justicia) uno de ellos, no resulta -por tanto-  absurdo, sino del todo conveniente, que el pueblo opine también sobre la misma y vierta las oportunas y necesarias críticas bien a través de sus representantes, bien de propia mano cuando lo considere preciso; en definitiva, una especie de juicio popular a la propia justicia.

Para tal acto elaboré y expuse allí un manifiesto que, pasados prácticamente siete años, observo sigue sin haber sido tomado en consideración. El tal manifiesto, lo era “Por una verdadera Justicia”.

En él se planteaban algunas cuestiones y problemáticas a resolver.

Por ello puedo afirmar, como dije al inicio, que pocas cosas han cambiado a mejor, subsistiendo las disfunciones denunciadas en aquel acto.

En el presente artículo paso a detallar -de forma resumida- el esquema de la precitada intervención, perseverando así en la reivindicación de las mejoras necesarias y procurando, asimismo, no desesperar en esa dilatada espera en tanto llegue alguna reacción positiva al respecto.

Comenzaba diciendo, en aquel manifiesto, que reivindicábamos justicia y lo hacíamos al entender que el sistema imperante y la situación en aquellos momentos –y lamentablemente, como se ha comentado, también en estos-  distaban de ser justos.

Continuaba indicando lo que sigue (alguno de lo cual  tengo dicho en infinidad de ocasiones, incluyendo artículos precedentes):

  • Que la Ley nació para ser el vehículo de la Justicia.
  • Pero que también es bien sabido que la citada Ley -y en la Ley Penal, el delito- son fruto de una definición. Y eso constituye un obstáculo para el logro de lo anterior, en la medida en que tal definición –a cargo de quien tiene el poder para ello- puede obedecer únicamente –y de hecho lo hace- a determinados intereses de los mejor ubicados socialmente.
  • Que, en definitiva, debemos superar  la criminología clásica al considerar ésta al delito como una realidad preexistente que no se discute y que, por tanto, se centra en el estudio de las causas de toda índole que explican el por qué alguien comete delitos. Hemos de superar ese estadio y pasar a plantearnos que el delito existe pues ha sido definido así por el propio Derecho Penal.
  • Que, por ello, deberemos establecer el por qué determinadas conductas se tipifican como delito y otras no y también si el Derecho Penal se halla al servicio de unos pocos frente a otros, o bien al servicio de todos. En definitiva, establecer qué interés –como hemos dicho- se esconde tras ese proceso de definición.
  • Que, obviamente, si una conducta no se hubiese definido como delito, éste no existiría y no tendría sentido plantear cuáles son las causas de que alguien cometa tal acción u omisión. La Nueva Criminología debe centrarse, pues, en el estudio crítico de los procesos definitorios y en el funcionamiento de los aparatos de control.
  • Que, en la medida que no todos nos hallamos en una misma posición socioeconómica y cultural en la estructura social, no todos tenemos el mismo poder de decisión y de influencia y, por ello, la ley termina siendo “lo que quiere el que puede”. Y ello a pesar que cada sujeto sea un voto, pues en esta democracia de bajo perfil no todos tienen el mismo poder de influencia en la definición de normas.
  • Que nos hallamos ante un Derecho clasista, nos hallamos ante un Estado de derechas y no de Derecho.
  • Que nos hallamos ante conductas altamente lesivas -a nivel económico, etc.- pero que son legales. Estamos ante la legalización de lo ilegítimo para unos pocos más bien ubicados y ante la ilegalización de los “tirones de bolso. y compañía”, de otros mucho peor ubicados.
  • Que esa Ley al servicio de unos pocos debe ser modificada para dar paso a la Justicia.
  • Que, además, la  ley penal en concreto ahora se hace más involutiva; aumenta la punición y se acuña el denominado  Derecho Penal del Enemigo con su exacerbación punitiva, disminución de garantías y anticipación preventiva en su aplicación.
  • Que de tal anticipación resulta un claro ejemplo la actual regulación de la prisión preventiva que incorpora supuestos para su aplicación, los cuales exceden con mucho a la finalidad -que como instrumento procesal – persigue garantizar esta figura, esto es el éxito del procedimiento frente a posibles fugas o deterioro de elementos de prueba, extendiéndose a  prevenir posibles reiteraciones, etc. Y ello es aún más censurable. Tema de rabiosa actualidad al ser, precisamente, ese el motivo esgrimido para mantener en prisión a la espera de juicio a los políticos catalanes procesados.
  • Que también estamos asistiendo a una criminalización de toda disidencia en un momento en que la tal disidencia es un acto de dignidad y de defensa frente al desmantelamiento de derechos conseguidos a través de muchos años de sacrificios y lucha. Otro aspecto -incluso en criticas humorísticas- que viene ocupando a los media.
  • Que nos enfrentamos a una situación generada por verdaderos “crímenes económicos contra la Humanidad”. Además nos culpabilizan de la tal situación y nos recortan todo tipo de derechos sociales y fundamentales con la excusa de que así saldremos de ella; eso sí sin culpabilizar ni perseguir a los verdaderos autores del desaguisado. Ante nuestras lógicas y legítimas protestas –incluyendo las pacíficas- se nos tacha de atentar contra no se qué tipo de seguridad.
  • Que muchos de esos “recortes” llegan a constituir verdaderos atentados a nuestros derechos (salud, trabajo, etc.) y como tales deben ser denunciados y perseguidos.
  • Que los recortes en la Administración de Justicia en el ámbito de funcionarios, medios materiales, justicia gratuita, percepciones de los abogados del turno de oficio, y medidas como la implantación de tasas judiciales, etc. siguen ahondando en esa herida.
  • Que la interferencia del Poder ejecutivo -en ocasiones presionado por poderes económicos y en otras simplemente a causa de su propia corrupción- en el Poder judicial, junto al sistema de elección de magistrados para determinados cargos, y la propia aceptación de esa corrupción por determinados elementos de la judicatura, ponen en peligro su independencia. Ejemplos de ello, últimamente sobran.
  • Que no podemos callar ante tanta injusticia y el mejor lugar para expresarnos es precisamente aquí, ante la sede de la Ciudad de la Justicia.

A lo que convendrá añadir, hoy, lo siguiente:

  • Que, como todas las anteriores cuestiones se mantienen vigentes -cuando no en aumento de su problemática-, seguimos sin callar y continuamos reivindicando la subsanación de tanta injusticia. Ciertamente algunos aspectos de los citados interpelan al legislativo (nuevas y distintas tipificaciones de delitos, etc.), lo que no obsta para que desde la Administración de Justicia, en sentido estricto, y a través de las sentencias, etc. se incidiese en esos aspectos.

Y todo ello, como se citó, procurando no desesperar, a pesar del dicho utilizado en el  título de este escrito.